Una de las distinciones más importantes bajo HB 2844 es algo que la mayoría de los operadores nunca han escuchado: tu categoría de solicitante. Es una sola pregunta — ¿tienes actualmente una licencia de salud de Texas o no? — y la respuesta determina si puedes mantener tu truck abierto legalmente mientras DSHS procesa tu solicitud.
Si actualmente tienes un permiso o licencia de departamento de salud válido emitido por una autoridad de salud de ciudad o condado de Texas — vigente, no vencido — eres un solicitante de Categoría 1.
Esto significa: puedes continuar operando tu food truck mientras DSHS procesa tu solicitud. Dos condiciones no negociables:
Si no tienes ninguna licencia de departamento de salud vigente en ningún lugar de Texas, eres un solicitante de Categoría 2. No puedes operar legalmente hasta que tu inspección previa a la licencia DSHS sea completada y se emita tu licencia.
La licencia local debe ser:
Una licencia de negocio general no califica. Un permiso de impuestos sobre ventas no califica. Un permiso de alimentos caseros no califica.
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